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Update Laboral | La Igualdad Salarial: 4 aspectos clave

1. La igualdad salarial en el ámbito laboral

Todos los empleadores tienen el deber de fomentar la igualdad salarial entre sus trabajadores, evitando que se presenten situaciones de discriminación o diferencias arbitrarias.

Por ello, las remuneraciones de los trabajadores deben fijarse en base al valor que el puesto de trabajo aporta a la organización. Este valor se define en función de factores objetivos que definirán las categorías remunerativas y el salario aplicable a cada trabajador.

2. Las obligaciones del empleador

Las principales obligaciones del empleador son tres:

a) Contar con un cuadro de categorías y funciones,  en el cual se asigna un valor remunerativo a cada puesto de trabajo, de acuerdo a su nivel de aporte a la organización.

b) Contar con una política salarial, que desarrolla las directrices, los principios y los factores objetivos de distinción para la gestión, la asignación y el reajuste de las remuneraciones.

c) Comunicar la política salarial a los trabajadores, de modo que se encuentren informados sobre las reglas aplicables para la asignación y el reajuste de sus remuneraciones.

3. La posibilidad de tener remuneraciones diferenciadas

Las remuneraciones se establecen en función de las diferentes categorías laborales y cada categoría puede tener bandas salariales, por ende existen distintos niveles remunerativos.

La remuneración aplicable a cada trabajador se determinará según la categoría laboral y el nivel salarial, en función de los factores objetivos de distinción que señale la política salarial.

Estos factores pueden estar asociados a las calificaciones o competencias, los esfuerzos, las responsabilidades y las condiciones en que se realiza el trabajo.

4. Los riesgos laborales

Los empleadores que cometan actos que afecten la igualdad salarial se enfrentan a dos tipos de riesgos laborales:

a) A nivel judicial, demandas de homologación y de reintegro de remuneraciones por los trabajadores o extrabajadores que se consideran afectados por actos de discriminados o de diferenciación carente de factores objetivos.
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b) A nivel de la inspección laboral, multas administrativas de detectarse la comisión de actos de discriminación en materia salarial, por no contar con el cuadro de categoría o la política salarial, o por no haber comunicado la política salarial a los trabajadores. Para las empresas no MYPE, la sanción por cada una de estas conductas es de entre 2.63 y 52.53 UIT, dependiendo del número de trabajadores afectados.

5. Recomendaciones

a) Audita y verifica el nivel de cumplimiento legal en materia de igualdad salarial.

b) Regulariza las obligaciones que estén pendientes.

c) Comunica a los trabajadores la gestión interna vinculada con igualdad salarial y sus ventajas para ellos y la organización.

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